Chunta Aragonesista considera incomprensible que el “Pozo Chelo” de Almudébar no esté en el listado del Gobierno de Aragón para ser catalogado como Bien de Interés Cultural

El Boletín Oficial de Aragón publicó el lunes 29 de junio la resolución  de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, por la que se inicia procedimiento y se abre un periodo de información pública para la declaración de los bienes denominados Neveras y Pozos de Hielo en Aragón: la arquitectura del hielo, como Bienes de Interés Cultural, en la categoría de Monumento.

El conjunto de elementos inmuebles de la arquitectura del hielo, dispersos geográficamente en todo Aragón y diferentes entre sí, formando parte de un activo comercio y red de abastecimiento, pero con la misma funcionalidad y tipología, es lo que aconseja su protección como parte integrante del Patrimonio Cultural de Aragón, bajo la figura de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento. Por esa razón el Gobierno de Aragón procede a la incoación del procedimiento para la declaración los elementos inmuebles que se concretan en el Anexo I de la resolución, sin perjuicio que a posteriori, se pudiese incoar nuevos procedimientos respecto de bienes que se encuentren en idéntica situación. 

Para Juan Carlos Jiménez, portavoz de CHA en el Ayuntamiento de Almudébar, “incomprensiblemente en el citado anexo I no está incluido el conocido como Pozo Chelo de Almudébar, y creemos que la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón debe de tenerlo en cuenta para su posible inclusión”. 

El Pozo Chelo de Almudébar se localiza en el cerro de la Corona, en su lado este. Se accede por un camino que lleva a unas bodegas. Se encuentra excavado en la propia roca, aprovechando una serie de formas topográficas y así, de este modo, en el interior de la tierra se consigue las condiciones de temperatura y humedad necesarias para el almacenamiento del hielo. Es una edificación subterránea de planta circular y de cubierta abovedada realizada en sillarejo y ladrillo. En la parte inferior del pozo existe un sistema de desagüe que evitaba que el agua fundida contactara con la nieve y el hielo almacenado, mientras que en la parte superior se abrieron varios vanos para facilitar las tareas de llenado y del vaciado del pozo. Data de 1662 y está catalogado en el Plan General de Almudébar como Bien de Interés Etnológico, una segunda categoría dentro de los niveles del protección que establece el PGOU.



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