El Tribunal Constitucional y el aragonés

No nos tiene acostumbrados el Tribunal Constitucional a ser portador de buenas noticias para Aragón, véase, por ejemplo, la sentencia que dejó en “los huesos” a la Ley de Actualización de los Derechos Históricos en 2019, negando el más que evidente carácter foral de Aragón, o la muy reciente que vuelve a incidir sobre la misma cuestión, en esta ocasión al resolver un recurso del Gobierno de Aragón contra la Ley de Contratos del Sector Público.

Sin embargo, el pasado 18 de marzo de 2021, se dictó una sentencia en la que rechazaba un recurso de Vox contra la utilización del asturiano en el Parlamento de Asturias y en la que se alude directamente al caso de Aragón (a sus lenguas propias, el aragonés y el catalán de Aragón).

Quizá sea poco conocido, incluso por cierto sector de nuestros propios representantes, a tenor de lo vivido en algún episodio de infausto recuerdo en la Aljafería, que en las Cortes de Aragón ya es posible el uso de estas lenguas desde 2017. Así lo cita el artículo 6 de su Reglamento: “Las Cortes de Aragón adaptarán sus actuaciones interna y externa, así como sus relaciones con los ciudadanos, a las obligaciones derivadas de la legislación vigente en materia de lenguas y en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía.”

Y ¿cuáles son esas obligaciones?

El artículo 7 del Estatuto (próximo a cumplir 40 años de vida), exige la, protección, recuperación, enseñanza, promoción y difusión de las lenguas propias, obligaciones que se concretan en la Ley 3/2013. Esta Ley, respecto al uso en el parlamento autonómico, establece que “cualquier persona podrá dirigirse por escrito a las Cortes de Aragón en cualquiera de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, pudiendo ser respondida, además de en castellano, en esa lengua”.

Esto es precisamente lo que avala el Tribunal Constitucional para Asturias, porque aunque no sea el asturiano [léanse las lenguas propias de Aragón] una lengua oficial, nada impide la posibilidad de tutelar esa realidad lingüística “mediante medidas de protección y promoción como es el reconocimiento del uso de la lengua propia ante el órgano de representación de la ciudadanía […] en el que es especialmente adecuado que se garantice y visibilice aquella realidad lingüística plural”. Y es que no podemos olvidar que los parlamentos son en, primer lugar, el lugar donde toda las personas deben verse reconocidas, también sus diferentes formas de expresión como “un valor cultural no sólo asumible, sino también digno de ser promovido”, dice el Tribunal.

Finalmente la sentencia del T.C. vuelve a recordar que nuestras lenguas propias están protegidas por la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, cuyo artículo 7 establece como uno de sus principios “la facilitación y/o el fomento del empleo oral y escrito de [estas lenguas] en la vida pública y en la vida privada”.

La Carta Europea es derecho interno al haber sido ratificada por las Cortes Generales en 2001 (además, sin ningún voto en contra), y periódicamente el Consejo de Europa “monitoriza” su cumplimiento. De hecho en su 5º Informe sobre España su Comité de Ministros ha hecho una “Recomendación de Acción Inmediata” para que antes del 1 de agosto de 2020 las lenguas protegidas por la Carta en Aragón (el aragonés y el catalán como recuerda reiteradamente) aparezcan expresamente reflejadas con su nombre en el Estatuto de Autonomía, algo que todavía está pendiente.

Si la Constitución es de obligado cumplimiento en toda su extensión (no sólo en aquella parte que pueda interesar partidistamente), y las sentencias del Tribunal Constitucional vinculan a todos los poderes públicos (art. 38 LOTC), debemos concluir que esta sentencia favorece a nuestras lenguas propias toda vez que avala, sin ningún género de duda, su uso público e institucional.

Usar las lenguas históricas del Reino no va contra nadie, al revés, recupera una tradición varias veces centenaria de uso del aragonés y el catalán en las Cortes de Aragón que ya fuera alabada por Montesquieu, uno de los padres de la división de poderes, en sus “Cartas Persas” cuando, lamentando un episodio acontecido en la Universidad de París, decía:  “He oído decir que, habiendo convocado un rey de Aragón los estados de Aragón y Cataluña, se gastaron las primeras sesiones en decidir en qué lengua se había de poner lo que se proveyese. Fue muy violenta la contienda, y mil veces se habrían separado los estados si no hubiesen imaginado una salida, que fue que la pregunta se pusiese en lengua catalana y la respuesta en aragonés”.



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