Proposición no de ley de CHA en las Cortes para mostrar el rechazo a la decisión del Gobierno Rajoy que pretende dejar sin restituciones a los pueblos afectados por obras hidráulicas

CHA ha presentado una proposición no de ley , para su debate y votación en el pleno de las Cortes, mostrando su apoyo a los municipios afectados por pantanos. La parte expositiva de la iniciativa de CHA expone el problema: 
“Con fecha 11 de mayo de 2016, se publicó en el Boletín Oficial de Aragón, el Decreto 48/2016 de 3 de mayo, cuyo objeto es modificar el Decreto 291/2005, concretamente el artículo 42 de las Directrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo Aragonés, para adecuarlo a la nueva disposición adicional duodécima de la Ley de Ordenación del territorio. 
La citada disposición sobre restitución territorial en las zonas afectadas por grandes infraestructuras indica que “…a través del oportuno convenio con la Administración General del Estado y de acuerdo con los ayuntamientos implicados, que los rendimientos que obtenga el organismo de cuenca procedentes de la explotación de aprovechamientos hidroeléctricos (previa extinción o no de derechos concesionales de terceros) o de las reservas de energía se destinen a la restitución económica, medioambiental y social de los municipios por la ubicación en sus territorios de obras e instalaciones de aprovechamientos hidroeléctricos. Los ayuntamientos afectados destinarán dicha compensación a la realización de actuaciones de interés público y social.” 
Sin embargo, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España considera que el citado Decreto 48/2016, no se adecua al orden constitucional de distribución de competencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Estado. 
El Gobierno de España considera que “no cabe hablar, de territorios afectados a los que deba restituirse algo, pues ello implicaría, por un lado, que existe una afección a un territorio, cuando tales terrenos, no territorios, o bien son dominio público hidráulico o bien se han incorporado al dominio, fruto del debido procedimiento de expropiación forzosa y, por otro lado, que la alegada afección es perjudicial y en consecuencia susceptible de compensación, es decir, no se puede considerar que los municipios en que se hayan instalado explotaciones hidroeléctricas se vean afectados”. 
Estas afirmaciones del Gobierno de España son, a juicio de Chunta Aragonesista, muy graves, y deja no solo a los municipios del Pirineo sino a todos los de la cuenca del Ebro en Aragón, sin el legítimo derecho a recibir restituciones por obras hidroeléctricas. 
Estamos por tanto ante un requerimiento ideológico, que niega las afecciones de las obras hidráulicas, el derecho a las restituciones, y que los ingresos vayan a “una caja única” para que la Confederación Hidrográfica del Ebro decida dónde quiere invertirlas. 
Ante esta situación la parte dispositiva de la propuesta es la siguiente: 
Las Cortes de Aragón acuerdan: 
1.- Apoyar al Gobierno de Aragón en sus pretensiones de conseguir que se realicen cuantas actuaciones políticas se consideren adecuadas y necesarias destinadas a conseguir la restitución económica, medioambiental y socialmente de los municipios afectados por la ubicación en sus territorios de obras e instalaciones de aprovechamientos hidroeléctricos. 
2.- Reclamar al Gobierno de Aragón que demande al Gobierno de España: 
– La retirada, a la mayor brevedad posible, de la modificación del Plan Hidrológico del Ebro en su artículo 67 del anexo del Real Decreto 1/2016 de 8 de enero y el retorno a lo contemplado en el artículo 96.2 del Real Decreto 129/2014, donde sí se reconocían estas obligaciones de utilizar los rendimientos obtenidos de la explotación de aprovechamiento hidroeléctricos a la restitución de los municipios afectados por este tipo de infraestructuras. 
– La puesta en marcha de este tipo de acciones políticas, destinadas a la restitución económica, medioambiental y social de los municipios afectados por obras hidráulicas e hidroeléctricas, con el objetivo de que los rendimientos que obtenga el organismo de cuenca, procedentes de la explotación de aprovechamientos hidroeléctricos (previa extinción o no de derechos concesionales de terceros) o de las reservas de energía, se destinen a la restitución económica, medioambiental y social de estos municipios”. 
Gregorio Briz, portavoz de CHA en las Cortes de Aragón: “Esperamos el acuerdo unánime del pleno porque en Aragón sí que sabemos lo que significa el impacto de estas infraestructuras y la necesidad de los planes de restitución. “¿Dónde quedará la compensación que requieren estos municipios? ¿Dónde quedará un tratamiento justo para los que más han sido afectados por estas obras?¿Dónde quedan los principios de la nueva cultura de ordenación del territorio?”, se pregunta Briz.


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