CHA pide que el Ayuntamiento de Binéfar retire la simbología franquista existente en varias calles de la localidad

José Miguel Ferrer, portavoz de CHA en el Ayuntamiento de Binéfar, ha registrado una propuesta que se debatirá por el pleno municipal del próximo jueves para que nuestro ayuntamiento cumpla la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, que obliga a las administraciones públicas a retirar elementos franquistas.

“Desgraciadamente cuando se acaba de cumplir 50 años de la muerte del dictador Francisco Franco, todavía persisten principalmente en edificios religiosos, en nombres de calles y en instalaciones municipales, ejemplos flagrantes que incumplen la legislación vigente, avergonzando a las personas demócratas y ofreciendo una imagen muy negativa de nuestra sociedad”, ha explicado José Miguel Ferrer, portavoz de CHA en el Ayuntamiento de Binéfar.

También en Binéfar, en calles como Agustina de Aragón en el exterior de las viviendas de Grupo Padre Llanas está presente esta simbología fascista, o en los exteriores de los pisos de la cooperativa de la calle Monjas, o en la calle Zaragoza, se exhibe simbología del régimen dictatorial.

Por todo ello el portavoz de CHA en el Ayuntamiento de Binéfar ha registrado una propuesta que se debatirá por el pleno municipal del próximo jueves para que nuestro ayuntamiento cumpla la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, que obliga a las administraciones públicas a retirar elementos franquistas.

La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática en su artículo 35.1, “Símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática”, establece que “se consideran elementos contrarios a la memoria democrática las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial”.

En sus artículos 35.3, 35.4 y 35.5 establece lo siguiente: “Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, adoptarán las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos”. “Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados o colocados en edificios de carácter público, las instituciones o personas jurídicas titulares de los mismos serán responsables de su retirada o eliminación”. “Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados en edificios de carácter privado o religioso, pero con proyección a un espacio o uso público, las personas o instituciones titulares o propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos, en la forma establecida en el presente artículo”.



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