CHA considera que el Ayuntamiento de Huesca debe hacer un mayor esfuerzo para tener unas ordenanzas fiscales donde prime la progresividad fiscal y la sostenibilidad

Ante la convocatoria de Pleno Municipal para la próxima semana con el objeto de aprobar las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2021 del ayuntamiento oscense, CHA-Uesca ha registrado 15 propuestas que “ponen en evidencia que se realiza un insuficiente esfuerzo en la progresividad fiscal y nulo en que las modificaciones sean fruto de un proceso abierto a la ciudadanía donde se puedan recoger propuestas algunas muy interesantes que están plasmándose en otras ciudades de nuestro entorno”, ha explicado la coordinadora de CHA-Uesca, Sonia Alastruey.

Para CHA el criterio de progresividad, que siempre hemos reclamado, no debe presentarse como criterio para la emergencia social, apostamos porque la progresividad se aplique como concepto general, beneficiando a la gran mayoría de la ciudadanía oscense, es decir, cuanto más poder económico se tenga hay que aportar más.

Concretamente y en cuanto al IBI, desde CHA consideramos que deberían aplicarse coeficientes progresivos en función del valor del inmueble, de cara a aumentar la progresividad del impuesto, y adicionalmente incrementar en un 20 % el tipo marginal para un máximo de un 10 % de los inmuebles con uso distinto de vivienda, una vez descontados los exentos de pagos, y que tengan una valoración catastral superior o igual a un millón de euros. Por otra parte y dada la situación que estamos viviendo deberían aplicarse medidas excepcionales para familias en riesgo de exclusión social, bonificando un 50 % del IBI a las familiar en las que las personas empadronadas en una vivienda en propiedad estén desocupadas o en situación de desempleo, y cobren prestaciones por debajo del IPREM.

En relación con el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, consideramos que todas las medidas que favorezcan la rehabilitación y la recuperación del casco histórico son deseables y por ello fijaríamos el tipo impositivo en el 3,9 para nuevas edificaciones y solo el 2,1 en las rehabilitaciones.

En cuanto a la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, sería necesario con el objeto de regular el impacto contaminante, eliminar la bonificación para vehículos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de su fabricación, manteniendo la bonificación para vehículos históricos.

“Así, hasta quince propuestas de modificación de las ordenanzas, argumentadas y realistas en busca de una ciudad más justa, más sostenible y más dinámica”, ha concluido Alastruey.



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