22 Jun CHA considera que el Ayuntamiento de Huesca/Uesca debe intentar que los contratos menores sean para empresas de la ciudad, favoreciendo la eficacia y eficiencia, el empleo y el desarrollo sostenible
Posted at 15:07h
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El actual equipo de gobierno municipal está publicitando todo tipo de contratos, cuando en los contratos menores pueden ser excepcionales los principios de publicidad y concurrencia, lo que permite invitar a un mínimo de tres empresas del municipio, con lo que se consigue fomentar el empleo apoyando a las pequeñas empresas autóctonas y de paso impulsar un desarrollo más sostenible.
Para el coordinador de CHA-Uesca, David Félez, “la práctica del actual ayuntamiento de Huesca/Uesca favorece que empresas de fuera de la ciudad presten servicios en el municipio, cuando contamos con profesionales en todos los sectores, y es que por ahorrar cuatro euros de los contribuyentes, conseguimos que los impuestos de los oscenses se vayan fuera de Huesca, dejando de crear riqueza aquí”.
¿Es necesario darle publicidad en el boletín a la necesidad de 500 unidades de adelfas adjudicadas por 5.214 euros o al software de movilidad para la policía local, adjudicado por 19.723 euros, por poner solo dos ejemplos?.
Desde CHA pensamos que no. La propuesta de CHA sería que en los contratos menores, tanto de obras como de servicios, se invite a las empresas ubicadas en el municipio, siempre que existan las mínimas exigidas por ley para cada tipo de contratación y éstas cumplan la solvencia exigida par la capacidad de obrar y la habilitación profesional para realizar la prestación, lo que no supone que un licitador de fuera del municipio, enterado de la necesidad del Ayuntamiento, presente una oferta en el plazo indicado para ello.
Recordamos que el contrato menor viene definido como aquel contrato de importe inferior a 50.000 euros, en el caso de contratos de obras, o a 18.000 euros en el resto de contratos, ambos antes de IVA, en los que su precio no puede ser objeto de revisión, ni tener una duración superior a un año, ni prorrogarse, cuyo expediente y formalización solo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, y, en el caso de las obras además, el presupuesto de las mismas.
“Todo ello, conociendo que el factor de empresa local no puede ser utilizado según la actual legislación como estrategia de reserva de contratos, y debe justificarse en aras a conseguir la eficiencia de fondos públicos, lo cual es posible”, ha recordado Félez.