CHA denuncia que el Ayuntamiento de Huesca permite que Dornier no cumpla sus compromisos contractuales

Chunta Aragonesista ha vuelto a preguntar, cinco meses después, por el grado de cumplimiento del contrato que el Ayuntamiento de Hesca tiene adjudicado a la empresa Dornier de gestión del servicio de estacionamiento regulado de la vía pública, el servicio de depósito municipal de vehículos y el servicio de asistencia técnica y colaboración en materia de cobro de multas derivadas del ORA.

A fecha de hoy, muchos de los compromisos de Dornier con el Ayuntamiento siguen sin ejecutarse, por lo que desde Chunta Aragonesista hemos vuelto a solicitar información sobre el grado de cumplimiento de las mejoras y objetivos que dicha empresa está obligada por contrato a prestar al Ayuntamiento de Huesca.

En la última comunicación de la empresa esta se comprometió a tener conectados los servicios informáticos del depósito de vehículos con la Policía Local y a poner el funcionamiento la video-vigilancia del depósito de vehículos en abril, asimismo se comprometió a implantar un vehículo equipado con cámara en el mes de junio. David Félez, coordinador de CHA-Uesca denuncia que “ninguno de estos compromisos se ha cumplido pese a estar incluidos en el contrato, y del mismo modo tampoco se ha implantado la tarjeta ciudadana, ni otra serie de mejoras y obligaciones que establecía la oferta de Dornier”.

Chunta Aragonesista también ha preguntado por las condiciones laborales, la plantilla actual, sus funciones, y la compatibilidad entre el servicio de grúa y el control de la zona azul, “tenemos constancia de que son los mismos gruistas los que realizan también el servicio de control de zonas azules lo que, evidentemente, afecta al tiempo de respuesta de la grúa y al control efectivo de la zona azul”, ha declarado David Félez, coordinador del Ligallo de Lugar de Chunta Aragonesista en Uesca.

Desde CHA también tenemos dudas sobre la legalidad de la subcontratación de ciertas partes del contrato, ya que el punto 18.9 prohíbe expresamente la subcontratación de partes del objeto del contrato, y sólo permite la subcontratación de prestaciones accesorias.



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