CHA propone adoptar medidas legislativas urgentes para abordar la cuestión de “la pesca deportiva”

La sentencia del pasado 16 de marzo de 2016, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en la que se incluye el Catálogo de especies invasoras regulado por el Real Decreto 60/2013, ha generado una preocupación creciente, especialmente en comarcas como el Bajo Aragón Caspe/Baix Aragó-Casp y el Bajo Cinca /Baix Cinca donde la actividad de “pesca deportiva” supone un importante factor de actividad turística y, por tanto, económica en la zona. Hay que recordar que hasta 800 competeciones deportivas se realizan en Aragón dentro de esta modalidad, dato para intentar aprehender la magnitud que representa, pero que, concretamente, son dos las dos zonas más perjudicadas, en las que se ubican el denominado “Mar de Aragón” y el embalse de Ribarroja/ Riba-roja. 
De este modo, David Félez, Coordinador del Rolde de Meyo Ambién e Politica Idrolochica de Chunta Aragonesista, explica: “Es necesario abordar este problema desde cada ámbito de responsabilidad, con diálogo y acuerdos. Es decir, desde lo que no se ha hecho hasta ahora, porque el impacto económico y social que puede suponer en estas dos comarcas aragonesas es especialmente grave”. “Abogamos como punto de partida un criterio básico: Respetar el objetivo final, la supresión de especies invasoras, pero ser capaces de establecer sistemas propios en aquellos lugares “no naturales”, como son los embalses, con un programa de gestión específico que se adapte de forma más adecuada al entorno, por las implicaciones turísticas y económicas que supone para las zonas afectadas. 
“Hacemos un llamamiento al nuevo Gobierno del Estado a que ponga en marcha toda una serie de medidas de tipo legal, para las que tendría que existir un compromiso político, firme y de consenso, por parte de todos los partidos: La adaptación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 1143/2014 de 22 de octubre, donde se podría regular en su artículo 9 este tipo de cuestiones específicas mencionadas en función del impacto social y económico en las zonas afectadas, modificando, por tanto, la ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad”. 
“Proponemos además toda una serie de cuestiones igualmente significativas como: establecer un mayor número de controles públicos en las zonas citadas para preservar estas prácticas deportivas de actividades ilegales, dotar también de contenedores adecuados para el depósito y posterior tratamiento de estas especies invasoras, (para no generar problemas sanitarios con la gestión de estos animales), o establecer igualmente la posibilidad de un “sistema de cupos”, por ejemplo, que permitiera este tipo de capturas, con el objetivo de contribuir a mantener un equilibrio entre ambos intereses enfrentados”. 
“Todo ello sin olvidar el grave problema ambiental para el ecosistema fluvial que suponen las especies invasoras cuya capacidad de alteración del medio es lo suficientemente importante como para actuar de manera contundente para alcanzar un modelo sostenible”, afirma Félez “y si hay excepciones como las que planteamos en zonas “no naturales” es porque hay medios, materiales y humanos, para poder controlar su expansión”, aclara Félez. 
En definitiva “propuestas que tendrían que ponerse “sobre la mesa” así como todas las que puedan aportar las partes implicadas. Se trata de compaginar la imprescindible sostenibilidad ambiental con la necesidad de paliar el impacto económico específico y concreto en zonas muy determinadas como la dos comarcas aragonesas citadas”, afirma Félez.


Ir al contenido