El Ayuntamiento de Pina acuerda delegar en el Gobierno de Aragón sus competencias en disciplina urbanística

En el último pleno ordinario del Ayuntamiento de Pina de Ebro, todos los grupos acordaron, por unanimidad, delegar en el Gobierno de Aragón sus competencias en disciplina urbanística. La propuesta se trasladó al Pleno, ya que durante el último año el Ayuntamiento de Pina ha recibido decenas de quejas de vecinos por el estado de muchos solares y otros edificios, lo cual obligó al ayuntamiento a enviar cartas a algunos de los propietarios. 
“Algunos de ellos han actuado, pero en otros casos la propiedad no cumple con las obligaciones que le impone la ley, sobre todo cuando se trata del SAREB”, ha explicado la alcaldesa Marisa Fanlo, quien especifica que “la delegación de estas competencias al Gobierno de Aragón solo afecta a infracciones graves o muy graves como construcciones ilegales, usos de suelos no autorizados, actuaciones en espacios protegidos…”. 
Fanlo ha explicado que tal y como recuerdan desde la consejería de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, esta es una competencia que los municipios de menos de 5.000 habitantes pueden delegar, por acuerdo en las Asambleas vecinales o plenos municipales, en la Administración de la Comunidad Autónoma, gestionándose a partir de ese momento desde la Dirección General de Urbanismo. 
A este respecto el consejero José Luis Soro ha explicado que “la cooperación entre administraciones es fundamental para frenar abusos urbanísticos y para ser imparciales a la hora de gestionar el crecimiento de los municipios”. De esta forma, además, se alivia a los ayuntamientos de las labores de control y sanción. 
El Gobierno de Aragón asumirá las potestades de inspección, sancionadoras y de protección de la legalidad urbanística en cumplimiento del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. Los importes económicos derivados de la imposición de sanciones urbanísticas se imputarán a favor de la Administración delegante, o sea, del Ayuntamiento, mientras que los gastos económicos que pudieran generarse al objeto de hacer efectivas las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística, acordadas por parte de la Administración delegada, serán de cuenta de la Administración delegante. A tales efectos se adoptarán los mecanismos de colaboración y cooperación interadministrativos necesarios.


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