04 Abr La respuesta del Gobierno de España el Senado confirma que el Gobierno de Huesca “se limitó a plegarse” ante los intereses de Defensa en el asunto del cuartel
El Ayuntamiento de Huesca renunció el pasado 31 de enero a la opción de solicitar en un futuro al Gobierno de España, una vez que no tengan uso militar, la reversión de los actuales terrenos del Cuartel Sancho Ramírez, 10 hectáreas cedidas por la ciudad en el año 1957, renovando la cesión por 30 años pero sin derecho a reversión. Lo mismo va a ocurrir con las tres parcelas municipales, así como las que se van a adquirir a particulares para ceder al Ministerio de Defensa para ampliar el cuartel.
“El impacto económico que va a tener para la ciudad la reapertura y ampliación del Sancho Ramírez es innegable, pero que el Gobierno de España haya exigido para el traslado a Huesca de la División Castillejos que el Ayuntamiento ceda con carácter gratuito la propiedad de los suelos presentes y futuros es, a nuestro juicio es tan abusivo como lamentable, puesto que estamos hablando de administraciones públicas”, afirma David Félez, coordinador de CHA-Uesca.
La respuesta del Gobierno de Rajoy, efectuada a la pregunta del senador de Compromís Carles Mulet, (presentada a iniciativa de CHA) demuestra que el Gobierno de la ciudad cedió ante los intereses del Gobierno de Rajoy. “Creemos que es “chantaje” evidente, y nada se informa sobre si hay más contraprestaciones para la reapertura del cuartel”. “Ha sido un regalo al Gobierno de España a costa de los contribuyentes de la ciudad de Huesca”, concluye Félez.
Las preguntas concretas fueron:
“-¿Por qué motivo se demandó por parte del Ministerio de Defensa al Ayuntamiento de Huesca que no hubiera posibilidad de reversión de estos terrenos ahora cedidos?.
-¿Cuántas cesiones de suelo se han firmado con el Ministerio de Defensa sin posibilidad de reversión por parte de los diferentes ayuntamientos del Estado en los últimos 10 años?.
-¿Existen otras condiciones sobre la cesión de estos suelos que han sido impuestas en el acuerdo realizado con el Ayuntamiento de Huesca, relativas a exenciones fiscales, compensaciones económicas o de cualquier otro tipo?”.
La respuesta indica:
“En relación con la información interesada, se señala que la experiencia en la gestión de los inmuebles relacionados con la Defensa Nacional y el estado actual de la jurisprudencia sobre la materia aconsejan que para proteger mejor las considerables inversiones que requiere el despliegue de una importante unidad militar, en un inmueble que haya sido o vaya a ser gratuitamente cedido para ese fin por un Ayuntamiento, es conveniente condicionar la ejecución a que previamente se acuerde por el Pleno de la Corporación donante la aceptación expresa de que el fin de la donación se entenderá cumplido y consumado con la efectiva afectación del inmueble a la Defensa Nacional durante el plazo de treinta años. Dicha condición no es en absoluto ajena a la legalidad vigente, toda vez que en materia de adquisiciones de inmuebles a título gratuito por la Administración General del Estado está contemplada en el artículo 21.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y encuentra concordancias en los artículos 13 y 111 del Reglamento de Bienes de Entidades Locales. Asimismo se informa que conforme establece la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, los inmuebles afectos a la Defensa Nacional están exentos del pago de IBI”.