Reducción al 50% del transporte de viajeros por carretera en servicios que son competencia de la Comunidad Autónoma

El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro, ha firmado una Orden, de la que ha tomado conocimiento la comisión de coordinación y seguimiento constituida por el Gobierno de Aragón, por la que se adoptan medidas en materia de transporte público de viajeros por carretera en la Comunidad Autónoma de Aragón por la situación y evolución del COVID-19. 

En esta Orden se establece la reducción de la oferta de servicios de transporte público de viajeros por carretera, sin perjuicio de que con carácter general dicha reducción deberá garantizar en todo caso la movilidad de todos los núcleos de población que actualmente dispongan de dichos servicios y que los ciudadanos puedan seguir accediendo a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario. En Aragón existen 318 rutas de transporte. 

Los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera que son competencia del Gobierno de Aragón y están sometidos a contrato público u obligación de servicio público, reducirán su oferta total de operaciones en un 50%, salvo que la aplicación de esta reducción suponga la supresión del servicio. 

En los servicios metropolitanos que se gestionan a través del Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza (CTAZ), Soro ha destacado que “la reducción se aplicará en los servicios que se prestan a partir de las 10.00 horas del lunes a domingo, manteniendo la totalidad de los servicios hasta la hora señalada para garantizar la movilidad hasta los centros de trabajo”. 

“Las reducciones podrán modularse en el tiempo en función de la evolución de la situación sanitaria, la realidad de la demanda de movilidad u otras circunstancias” ha explicado el consejero Soro. La aplicación de esta Orden debe ser inmediata si bien se reconoce un plazo de hasta cinco días “si por razones técnicas u operativas no resulta viable la aplicación directa del porcentaje de reducción establecido” ha puntualizado Soro. 

Las operadoras de servicio de transporte podrán solicitar una reducción superior a la establecida si lo justifican por falta de personal para realizar el servicio o por otras causas excepcionales sobrevenidas. La Dirección General de Transporte recibirá los datos de la evolución de la demanda durante el periodo de vigencia de la Orden “para que podamos ir evaluando las necesidades de movilidad y el cumplimiento del objetivo de servicio público y, en su caso, modificar el porcentaje de reducción”. 

El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda ha establecido también unas condiciones específicas para la prestación del servicio de transporte “con el objetivo de garantizar la seguridad y evitar la propagación del virus”. 

Otras medidas aplicables: 

– Se deberá realizar una limpieza diaria de los vehículos de transporte de acuerdo con las recomendaciones establecidas por el Ministerio de Sanidad 

– Durante el proceso de venta de billetes online se incluirá un mensaje en el que se desaconseje viajar salvo por razones inaplazables Se deberán tomar las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros en aquellos servicios en los que los billetes otorguen una plaza sentada, conforme a lo previsto en el artículo 14.2g) del Real Decreto 463/2020. 

– Se clausurarán los puntos de venta y atención al cliente que no estén provistos de sistemas físicos de separación entre personal y usuarios. Se mantendrá la venta telefónica y telemática. 

– Se obliga a la máxima difusión de la nueva configuración de los servicios para que la ciudadanía tenga toda la información. Para ello se deberán usar las páginas webs, anuncios en las estaciones de autobuses, en las paradas… 

– Supresión del pago en efectivo cuando sea posible. Con el objetivo de proteger también a los profesionales que prestan el servicio, se suprime la venta de billetes por parte del conductor/a con pago en efectivo en aquellos servicios autonómicos en los que es posible el pago a través de otros medios de pago sin contacto. 

Además, para los bonos metropolitanos 50/60 y 80/60 del CTAZ se elaborará un protocolo para que una vez se supere la crisis sanitaria se compense a los usuarios que hubieran comprado estos títulos con anterioridad, por los viajes que caduquen y no se hayan utilizado como consecuencia de la aplicación del Real Decreto 463/2020. 




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